Sin que sirva de precedente: me rindo

Semana Santa

Me rindo: vuelvo a Youtube

Como ya indiqué meses atrás en esta entrada tomé la decisión de migrar paulatinamente mi canal de Youtube a Dailymotion debido a las continuas reclamaciones de derechos de autor absurdas. Sin embargo, tras los últimos acontecimientos en Dailymotion he comprobado que la política de reclamaciones de derechos es igual, o puede que hasta peor que en Youtube.

¿Qué ha sucedido en mi Canal de Dailymotion?

Al principio todo iba fenomenal. En primer lugar comencé a subir mis vídeos con los toques de tambor de las Bandas de CCyTT de Sevilla y luego continué con el concierto de Esencia en Montserrat en el año 2014.

A su vez, decidí ocultar los vídeos de dicho concierto en Youtube pensando: para que se lleve dinero por publicidad la discográfica, me lo llevo yo en Dailymotion. Esta plataforma te da la posibilidad de monetizar tu canal desde el inicio, pero dado que la monetización la tienen basada en CPM (Coste por 1000 impresiones) y que los vídeos de Semana Santa en Dailymotion brillan por su ausencia, ya os podréis imaginar el fracaso de dicho objetivo. Pero bueno, tampoco podía ganar pasta en Youtube, así que no era algo que me preocupase.

Hasta aquí todo bien, pero hace escasas semanas comencé a subir los vídeos del concierto de Esencia en la iglesia de San Gonzalo en el año 2013, y ahí es cuando se dinamitó todo.

Pasados unos días desde la publicación me llegó este email:

En ningún momento se me informó de quién realizó la reclamación (en este aspecto Dailymotion es mucho más turbio que Youtube), pero sí se indicaba el vídeo en cuestión y era aquél en el que se escuchaba Amor de madre (1991), de Francisco Javier González Ríos, interpretada por Esencia.

En un principio pensé: vaya tela, ya estamos con las reclamaciones de derechos de las p**** discográficas. A ver si, al menos, se puede quedar ahí la reclamación y se queda el vídeo con el aviso al igual que en Youtube. Pues no: resulta que, por defecto, Dailymotion te elimina los vídeos que tienen reclamaciones con supuestas infracciones de derecho, y te dan un plazo de 24 horas para reclamarlo y demostrar que eres el propietario.

Si me hubiera cogido de nuevas, habría comenzado dicho proceso al igual que hice en su momento en Youtube, pero habiendo pasado ya una vez por eso y viendo que no conseguí nada, le he dado una vuelta y he decidido volver a Youtube. Total, voy a tener (casi) los mismos impedimentos pero con la diferencia de que ya tengo cargados en Youtube mis más de 200 vídeos, y quiera que no conlleva tiempo realizar dicho traspaso.

Pero entonces has perdido el tiempo...

Sí y no. He invertido algunas horas investigando en Dailymotion, tanto en el propio canal como en la cuenta partner para ver qué opciones tenía de monetizar mis vídeos. Pero lo más ventajoso de todo ha sido que, gracias a la necesidad que tenía de contar la nefasta política de derechos que ha adoptado Youtube, me lancé a desarrollar este blog.

Y no sólo eso, sino que lo amplié incluyendo en él mi antigua web personal, la cual estaba bien pero posicionaba muy mal en Google al no contemplar ni una sola medida de SEO.

Así que, visto lo visto, ni tan mal. Y encima, al no haber eliminado mi canal de Youtube sólo he tenido que restaurar la visibilidad de los vídeos del citado concierto. Pero me faltaba uno: el que me eliminaron por insistir en la contranotificación por infracción de derechos.

¿Cómo restaurar entonces un vídeo eliminado en Youtube por reclamación de derechos?

Pues muy sencillo. Cuando probé a subir de nuevo el vídeo que estaba eliminado por Youtube (en este caso se trataba de la marcha Conversión del Buen Ladrón) saltaba un aviso indicando que dicho vídeo ya estaba subido y que contaba con una infracción de derechos, por lo que no me estaba permitido volver a subirlo.

Pero entonces pensé: ¿cómo hará Youtube para saber que se trata del mismo vídeo?. Lo más lógico era pensar que convertiría el vídeo en formato Base64, y así tendría un string que identificara de forma única a dicho vídeo. Por tanto, si eso era así, lo único que tenía que hacer era editar el vídeo antes de subirlo, de modo que ya no tendría el mismo Base64 asociado y, a ojos de Youtube, se trataría de otro vídeo.

Lo que hice fue eliminar un segundo de aplausos al final del vídeo, y al intentar subir de nuevo el vídeo (esta vez modificado) no tuve ningún problema, fue todo un éxito. Así que deduzco que el método que usa Youtube para identificar vídeos duplicados no debe ser muy distinto al que he comentado en estas líneas.

La parte mala: que me ha vuelto a saltar la infracción de derechos de un disco registrado por una discográfica, en el que se interpreta esta misma marcha interpretada por otra banda. Y ahora que aparecen más datos en la coincidencia podemos ver que no se trata siquiera de la banda que la interpreta originalmente, las ⚓ Tres Caídas de Triana:

Coincidencia en vídeo de Conversión del Buen Ladrón (1987), de José Julio Vera Cuder

Lo dicho: ya hay que estar sordo para confundir a Esencia con cualquier banda, pero poco puedo hacer yo para ganar esta batalla.

¿Y ahora qué?

Pues por ahora mantendré mi canal y seguiré subiendo vídeos cuando pase esta histórica pandemia del COVID-19 y, a su vez, las bandas puedan volver a la normalidad. Espero que para entonces Youtube haya mejorado su algoritmo a la hora de reconocer coincidencias y, al mismo tiempo, gane en flexibilidad. Pero en el caso de que todo se mantenga igual, al menos puedo seguir disponiendo de mis vídeos en mi canal a pesar de que reciban reclamaciones de derechos en cuanto a la música utilizada. Por lo tanto, algo mejor que la política de Dailymotion es: las cosas... como son.